Al momento del parto, los derechos del recién nacido están centrados en garantizar su vida, salud y bienestar inmediato. En Perú, estos derechos están protegidos por leyes nacionales y protocolos médicos basados en recomendaciones internacionales. Algunos derechos clave del recién nacido en el momento del parto incluyen:
1. Derecho a nacer en condiciones seguras
El bebé tiene derecho a nacer en un entorno que garantice asistencia médica adecuada y segura, con personal capacitado y equipos necesarios para atender cualquier emergencia.
La madre debe ser atendida en un establecimiento de salud que cumpla con los protocolos perinatales.
2. Derecho a la atención inmediata
Al nacer, el recién nacido debe recibir atención inmediata y especializada, incluyendo:
Evaluación de su respiración, frecuencia cardíaca y coloración (prueba de Apgar).
Limpieza, secado y estimulación para mantener su temperatura corporal.
Corte del cordón umbilical siguiendo protocolos seguros.
3. Derecho al contacto piel a piel
El bebé tiene derecho al contacto inmediato piel a piel con su madre tras el nacimiento, siempre que no haya complicaciones, para:
Establecer un vínculo afectivo.
Regular su temperatura y frecuencia cardíaca.
Favorecer el inicio de la lactancia materna.
4. Derecho a la lactancia materna
El recién nacido tiene derecho a recibir calostro (primera leche) en la primera hora de vida, considerada como su primera vacuna natural por sus beneficios nutricionales e inmunológicos.
5. Derecho a la identificación inmediata
El bebé debe ser identificado mediante el uso de pulseras o sistemas de identificación para garantizar su seguridad y evitar confusiones.
El registro del Certificado de Nacido Vivo debe realizarse inmediatamente.
6. Derecho a la prevención de enfermedades
El recién nacido tiene derecho a recibir atenciones preventivas al momento del parto, como:
Profilaxis ocular con gotas o ungüentos para prevenir infecciones.
Administración de vitamina K para prevenir hemorragias.
Vacunación según los protocolos perinatales, como la vacuna contra la hepatitis B.
7. Derecho a la protección contra procedimientos invasivos innecesarios
Solo se deben realizar procedimientos médicos necesarios y justificados para su bienestar. Por ejemplo, no se debe realizar aspiración oral o nasal a menos que sea estrictamente necesario.
8. Derecho a un entorno respetuoso y cálido
El bebé tiene derecho a nacer en un entorno tranquilo y acogedor, donde se eviten luces intensas y ruidos excesivos, favoreciendo un inicio de vida respetuoso.
9. Derecho a la protección de su integridad física
Toda intervención debe ser realizada con consentimiento informado y con el objetivo de garantizar la salud del recién nacido, respetando sus necesidades físicas y emocionales.
Estas disposiciones están respaldadas por normas del Ministerio de Salud (MINSA) y protocolos como el "Manual Técnico de Atención Integral de Salud Materno-Neonatal" y la "Norma Técnica para la Atención del Parto Humanizado".
Contar con la información de manera oportuna es ideal para hacer cumplir todos sus derechos.
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